Los contribuyentes pueden solicitar la suspensión, por determinado periodo, del pago de tributos asociados a arrendamientos de bienes inmuebles, solo a través del Formulario 5500. Esta solicitud se presenta ante la Dirección General Impositiva DGI y toda la información te la detallo a continuación.
Contenidos
- 1 Pasos para completar el Formulario 5500: Solicitud de Exoneración de Arrendamientos de inmuebles
- 2 ¿Cómo obtengo el Formulario 5500?
- 3 ¿Qué es el Formulario 5500?
- 4 ¿Para qué sirve el Formulario 5500 – Exoneración de pago de tributo por arrendamiento de inmueble?
- 5 Razones válidas para exoneración del Pago de impuesto por Arrendamiento de Inmuebles – Quién presenta el Formulario 5500
- 6 ¿Cómo consignas el Formulario 5500: Requisitos para exoneración de arrendamiento de inmuebles?
- 7 ¿Cuándo debes presentar el Formulario 5500?
- 8 Costo del Formulario 5500
- 9 Atención al contribuyente
Pasos para completar el Formulario 5500: Solicitud de Exoneración de Arrendamientos de inmuebles
El Formulario 5500 tiene solo 1 página que a su vez se encuentra seccionada en 5 rubros para agrupar la información. Debes saber que viene en formato .PDF editable, por lo que debes completarlo en tu ordenador o dispositivo electrónico a tu alcance. Los pasos son los siguientes:
Rubro 1
Esta primera parte te solicita los datos de identificación del contribuyente que a continuación te indico:
- Nombre o Denominación de la persona, natural o jurídica, arrendadora que solicita la exoneración y fecha de nacimiento.
- El tipo de documento de identificación (C.I., D.N.I., R.U.C., N.I.E. o pasaporte) y el Nro. del mismo.
- Nombre del País en caso que ingreses el D.N.I. o pasaporte como documento de identificación.
- La cantidad de vías que vas a imprimir. Recuerda que una vía debe quedarse en tus archivos. Además, cada agente de retención debe tener una vía.
- Periodo. En la casilla “Desde” colocas el mes y año en que entró en vigencia el contrato. En la casilla “Hasta” escribes el mes/año en que finalizó en contrato, incluye la prórroga si tuviese.
Rubro 2
En esta parte del formulario debes ingresar los datos que te solicitan sobre los inmuebles que serán objeto de exoneración. La información está ordenada en columnas adosadas y debes especificar para cada inmueble lo siguiente:
- de Padrón y el Departamento en el que se encuentra.
- Selecciona si es Rural o Urbano.
- Ingresa la Localidad, Block, Unidad.
- Escribe el % del arrendamiento que corresponde solo al contribuyente solicitante de la exoneración. Cuando el inmueble posee varios propietarios.
- Vencimiento del contrato
- En la última columna debes indicar “si” o “no” utilizas la garantía de arrendamiento que ofrece la Contaduría General de la Nación.
Rubro 3
En el rubro 3 el mismo formulario notifica que los otros rendimientos del capital que ha obtenido el contribuyente solicitante, no superan las 3 BPC (Base Prestaciones-Contribuciones) en ese periodo.
Rubro 4 y Rubro 5
- En el rubro 4 escribes tu nombre y firmas declarando que los datos e información que proporcionas es correcta.
- Mientras que en la casilla del rubro 5 el funcionario respectivo dejará constancia de la recepción de este Formulario.
¿Cómo obtengo el Formulario 5500?
Tanto el Formulario 5500 como el Formulario asociado 5600 son puestos por la Dirección General Impositiva a tu entera disposición y de manera gratuita en su página web. El Formulario 5500 y el Formulario 5600 puedes descargarlos aquí.
¿Qué es el Formulario 5500?
El Formulario 5500 es el documento por medio del cual un contribuyente puede solicitar la exoneración del pago de tributos derivados por el arrendamiento de sus inmuebles. Esta exoneración se encuentra regulada por la Ley de Reforma Tributaria 18.083 (art. 27) y su reglamento 148/007 en su art. 34, literal (J) y art. 38.
¿Para qué sirve el Formulario 5500 – Exoneración de pago de tributo por arrendamiento de inmueble?
El Formulario 5500 es la herramienta para que todo contribuyente que reciba una renta por arrendamiento de inmueble inferior a 40 BPC y que además los otros rendimientos de capital que obtenga no superen 3 BPC, pueda solicitar una exoneración del pago de tributos ante la Dirección General Impositiva.
Razones válidas para exoneración del Pago de impuesto por Arrendamiento de Inmuebles – Quién presenta el Formulario 5500
Las rentas que obtengas de los arrendamientos de inmuebles solo podrán ser objeto de exoneración cuando ocurran simultáneamente estas tres circunstancias:
- Que el total de tus rentas provenientes del arrendamiento de inmuebles sean inferiores a 40 BPC durante el lapso indicado.
- Que los otros rendimientos del capital que obtengas sean inferiores a 3 BPC.
- Que autorices de manera voluntaria y expresa que se levante el secreto bancario, a través del Formulario 5600.
¿Cómo consignas el Formulario 5500: Requisitos para exoneración de arrendamiento de inmuebles?
Para solicitar la exoneración de pago de impuesto por el arrendamiento de inmuebles debes consignar el Formulario 5500 junto con los demás requisitos enviándolos al correo electrónico exoneraarrendamiento@dgi.gub.uy de la siguiente manera:
- El Formulario 5500 completado y firmado (1 vía).
- El Formulario 5600 completado y firmado, en dos vías: 1 para la Dirección General Impositiva y otro queda para tus archivos.
- Cédula de Identidad. (1 vía).
¿Cuándo debes presentar el Formulario 5500?
Si cumples con las razones válidas para solicitar la exoneración del pago de impuestos por arrendamientos de inmuebles, el tiempo indicado para consignar tu Formulario 5500 junto con los demás requisitos son:
- Al suscribir el contrato del arrendamiento respectivo.
- Cada vez que se lleguen a modificar la información declarada por ti dentro de Rubro 2 en el mismo Formulario 5500.
Costo del Formulario 5500
Tanto obtener el Formulario 5500 como Solicitar la Exoneración de Arrendamientos de Inmuebles son trámites completamente gratis para el contribuyente.
Atención al contribuyente
Para cualquier otra duda que pueda surgir tienes la opción de comunicarte con la Dirección General Impositiva de la siguiente manera:
- Si estás en Montevideo puedes llamar al 1344.
- Si te encuentras en el Interior llama al 2134.
- También puedes realizar tu consulta utilizando el correo electrónico correspondiente a tu localidad.
- Y siempre podrás presentarte en la sede de la DGI en Montevideo o las demás presentes en el país.
Con toda la información que te he aportado sobre el Formulario 5500 en Uruguay: Solicitud de Exoneración de Arrendamientos de Inmuebles, espero tengas una buena base para realizar tu trámite ante la Dirección General Impositiva. Y recuerda constatar que cumples con las razones que promueven tal exoneración.
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