Formulario 453 en Uruguay: Declaración de Registro – Inutilización de la Documentación

Ciertas personas naturales y jurídicas están en la obligación de informar ante el DGI cada documentación impresa que no utilicen, sea esto causado por errores, por clausura del contribuyente o cualquier otro motivo. El instrumento para esta declaración es el Formulario 453.  Veamos cómo completarlo.

Pasos para completar el Formulario 453: Papelería impresa inutilizada

Papelería impresa inutilizada

El Formulario 453 constituye la vía oficial para declarar ante la Dirección General Impositiva cada documento que debe ser destruido o simplemente inutilizado y archivado. Contiene solo 1 página con 4 rubros y para completarlo debes seguir los pasos siguientes:

Rubro 1. De la Identificación

En esta primera parte debes Identificar al contribuyente con los siguientes datos:

  • Escribe la Denominación o nombre de la empresa o entidad de servicio, comercio o industria.
  • Indica el Nro. de RUT
  • Señala los datos de contacto: Nro. de teléfono fijo, móvil y el correo electrónico.

Rubro 2. De los documentos inutilizados

Ahora deberás identificar el último comprobante que emitió la empresa y cada documento que debe ser inutilizado. En general debes indicar la siguiente información:

  • Debes marcar la Causa de la consignación de este Formulario: “Destrucción” o “Inutilización y Conservación”.
  • Indica el tipo de documento que informas. Por ejemplo, las facturas.
  • Escribe la fecha (día|mes|año) de emisión del documento.
  • Señala la serie y el número de documento, en caso de que aplique.
  • Marca una cruz si el documento se extravió y existe la denuncia policial. La DGI no te solicitará que exhibas la denuncia.
  • Indicar el lote de números de los documentos a inutilizar: “del número”, “al número”.
  • Escribe la cantidad de vías que contiene cada documentación.
  • Señala “1” para Destrucción y “2” para Inutilización y conservación del documento.
  • Debes señalar el nro. de constancia de la autorización por documento.
  • Marca “si” o”no” la causa de la consignación del Formulario es debido a Clausura.
  • Indica observaciones si existieran.

Rubro 3 y 4

El rubro 3 “de la firma” el rubro 4 “de la recepción” solicitan lo siguiente:

  • Rubro 3. Debes completar los datos del declarante: Nombre, relación con la empresa, firma, documento de identificación.
  • Rubro 4. Está destinado al uso exclusivo por parte del funcionario que realiza la recepción mediante la fecha, firma y sello.

¿Cómo obtener el Formulario 453: Descargar?

Puedes obtener el Formulario 453 a través de la sección Formularios de la página web de la Dirección General Impositiva. El archivo del documento se encuentra en formato .PDF y debes imprimirlo para completarlo.

¿Qué es el Formulario 453?

El Formulario 453 es el documento por el que toda persona física que mantiene actividad al salir de la relación de dependencia y toda entidad pluripersonal que mantenga o no actividad empresarial pueda declarar bajo juramento el total de documentos que deben ser inutilizados por clausura, errores u otros casos válidos.

¿Para qué sirve el Formulario 453?

A través del Formulario 453 el contribuyente cumple con la obligación de declarar ante la Dirección General Impositiva el detalle de los documentos impresos que deben ser inutilizados. Esta inutilización puede basarse en la destrucción total del documento o en la inutilización y posterior archivado.

Normalmente se tramita el Formulario 453 por los siguientes casos:

  • Cuando no se utilicen los documentos impresos debido a errores en ellos.
  • En el marco de la Resol. Nro.688/1992, numeral 28 que impone un vencimiento a la documentación que requiere la DGI.
  • En caso de Clausura del contribuyente.
  • Cualquier otro motivo válido.

Si se trata de una inutilización por Destrucción debe quedar constancia en un Acta Notarial. La DGI no te solicitará la presentación de dicha Acta, pero la debes conservar hasta que prescriban los tributos.

¿Quién debe consignar el Formulario 453?

Persona Natural

La presentación del Formulario 453 debe ser realizada ante la Dirección General Impositiva por las siguientes personas:

  • Las personas naturales que ejerzan una actividad sin relación de dependencia.
  • Toda entidad de carácter pluripersonal, sin importar si mantiene actividad empresarial o no.

¿Cómo y dónde entregar el Formulario 453?

El Formulario 453 normalmente es un acompañante de otro trámite gestionado ante la Dirección General Impositiva. Por ejemplo, acompaña una rectificación de datos o la declaración de clausura. Sea como fuere el trámite, este Formulario debe entregarse de esta manera:

  • Reúne el Formulario 453 llenado y firmado y copia del documento de Identidad perteneciente al titular y del representante si aplica.
  • Reúne los formularios y requisitos del trámite conjunto, en caso que aplique.
  • Consigna vía web través de Servicios en línea DGI”.
  • Visita personalmente las Oficina DGI en Montevideo o en el interior y consigna la documentación. Debes tener en cuenta que algunas requieren cita previa.

Puedes coordinar tu cita previa tanto para las oficinas de Montevideo como para las oficinas en el resto del país.

 Costos del Formulario.

 Costos del Formulario.

El Formulario 453 podrás descargarlo totalmente gratis desde la página web de la Dirección General Impositiva, el enlace de descarga te lo dejé arriba. Mientras que la consignación del Formulario 453 presenta el costo de los Timbres Profesionales requeridos.

¿Qué es la Clausura de una empresa?

De manera general se puede decir que la clausura es el acto, que pudiendo ser de naturaleza administrativa o judicial, pone fin total o parcial a las actividades de una institución o empresa. Este cierre de la entidad es causado por no cumplir ciertos parámetros preestablecidos.

¿Qué contribuyentes pueden tramitar una clausura?

profesionales universitarios

Los contribuyentes que pueden tramitar una clausura ante la DGI son las empresas o demás entidades unipersonales o pluripersonales. A continuación, te muestro algunos:

  • Todos los contribuyentes Unipersonales.
  • Las sociedades de Hecho.
  • Las sociedades anónimas.
  • Sociedades en comandita.
  • Sociedades personales bajo contrato.
  • Las cooperativas.
  • Las fundaciones y otras asociaciones.
  • Los profesionales universitarios.
  • Las empresas extranjeras.

Atención al contribuyente

Ante cualquier duda comunícate con la Dirección General Impositiva a través de las siguientes opciones:

  • Puedes marcar el 1344 si resides en Montevideo.
  • Si estás en el Interior del país puedes llamar al 2134.
  • También puedes visitar las oficinas de Montevideo o en el interior.
  • Contacta a través del correo electrónico a la oficina que corresponda a tu localidad.

 

Espero que este artículo sobre el Formulario 453 en Uruguay: Declaración de Registro – Inutilización de la Documentación te sirva de guía para consignar tranquilamente tu trámite ante la Dirección General Impositiva.

Para finalizar te invito a que entres en los siguientes artículos.

Resumen
Formulario 453 en Uruguay: Declaración de Registro – Inutilización de la Documentación
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Formulario 453 en Uruguay: Declaración de Registro – Inutilización de la Documentación
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Ciertas personas naturales y jurídicas en Uruguay tienen la obligación de informar ante el DGI cada documentación impresa que no utilicen a través Formulario 453, aquí te indicamos cómo completarlo.
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