Formulario 205 en Uruguay: Declaración Jurada de Trabajadores No Dependientes – Declaración Ficta – REC.205

Ante el Banco de Previsión Social son diversos los trámites del sector comercio que requieren el acompañamiento de una Declaración Jurada de trabajadores no dependientes. Esta Declaración la realiza el representante de la empresa a través del Formulario 205. Veamos cómo se completa.

Pasos para completar el Formulario 205: Declaración Jurada Trabajadores no Dependientes

Pasos para completar el Formulario 205

El Formulario 205 provee la “Declaración Jurada de Trabajadores no dependientes”, también se conoce como la “Declaración Ficta”. Consta de solo 1 página y para completarla debes seguir estos pasos:

Datos Generales

Debes identificar a la empresa mediante estos datos:

  • Escribe el Nro de Identificación como Contribuyente.
  • Indica el Registro Único Tributario RUT, la I. y el Nro ATYR.
  • Señala la Denominación de la empresa.

Relación de los trabajadores no dependientes

Se trata de un recuadro donde deberás indicar por cada trabajador no dependiente la siguiente información:

  • Apellidos y Nombres
  • Documento de Identidad: señalando nro. y tipo.
  • El Nro. de la Empresa, sea comercio o industria, por la cual está aportando.
  • Indicar la Fecha de inicio y culminación del aporte.
  • Señalar la opción del Sueldo: Pudiendo ser Categoría Ficta (FICTA) o Remuneración Total (REM.REAL)
  • Cada trabajador no dependiente debe firmar al final de sus datos.

Parte Final

Documento de Identidad Uruguayo

Al finalizar el Formulario el Representante o Autorizado por la Empresa debe:

  • Firmar.
  • Realizar una aclaración de la Firma.
  • Indicar su Nro. de Documento de Identidad.

¿Cómo obtengo el Formulario 205: Declaración Jurada Trabajador No Dependiente – Descargar?

Para obtener el Formulario 205 solo debes ingresar a la página web del Banco de Previsión Social y hacer la descarga desde la sección Formularios Exclusivos BPS. Este Formulario se encuentra en Formato .docx. y puedes completarlo en tu ordenador o dispositivo electrónico.

¿Qué es el Formulario 205 – Formulario REC.205?

El Formulario 205 o REC.205

El Formulario 205 o REC.205 es la planilla creada por el Banco de Previsión Social para que las empresas, por medio de sus representantes, declaren bajo juramento los datos de aportación asociados a los trabajadores no dependientes.

¿Para qué sirve el Formulario 205?

A través del Formulario 205 cada persona jurídica, registrada en el BPS, podrá declarar bajo juramento los datos de cada uno de sus trabajadores no dependientes. Allí indicará la empresa por la que el trabajador realiza la aportación, además las fechas y la vía por la que ejecuta el aporte: Remuneración Real o Categoría Ficta.

Entre los trámites que más requiere de la presentación del Formulario 205 o REC.205 se encuentran los registros de Empresas.

¿Cómo consignar el Formulario 205?

La consignación del Formulario 205 o REC.205 ante el Banco de Previsión Social se realiza en modalidad presencial o a través de la web en conjunto con otras planillas y requisitos asociados a la naturaleza del trámite.

Por ejemplo, para inscribir una empresa Unipersonal el Formulario 205 se consigna de la siguiente forma:

  • Formulario REC.205 (2 vías) con su timbre profesional
  • Formulario 0351 (3 vías) con su timbre profesional.
  • 2 copias del documento de identidad de quien posee la titularidad
  • 2 copias del doc. Identidad del representante que realiza el trámite, en caso que aplique.
  • Original y 2 copias de la Certificación notarial

Para trámites presenciales agenda tu cita a través de la web. En la sede de Montevideo se agendan aquí y los trámites en línea a regventanillaunica@bps.gub.uy. Mientras que las citas para las dependencias del BPS en el interior se solicitan aquí y en línea por este directorio electrónico.

Costo del Formulario 205

Costo del Formulario 205

La Descarga del Formulario 205 es completamente gratuita a través del portal web del Banco de Previsión Social (arriba te dejé el enlace). Pero la consignación de este Formulario conlleva el costo del Timbre Profesional.

¿Quién es un Trabajador no Dependiente?

Un trabajador no dependiente es la persona física o natural que ejecuta actividades lucrativas no dependientes para la empresa, y que además asume la dirección de las tareas que en ella se desarrollan, asumiendo también los riesgos.

Como ves, el trabajador no dependiente es el patrono, que acciona dentro de la empresa en forma asociada o por sí mismo, conjuntamente o de manera alternada. También lo es el Director de las Sociedades Anónimas. Y les corresponden tributos según ocupen o no personal dependiente.

¿Cómo relacionar la Opción Sueldo en el Formulario 205?

Dentro del Formulario 205 se debe declarar la “Opción de Sueldo” para cada trabajador no dependiente que se relacione. Esto debe seguir los siguientes parámetros:

  • Si el trabajador no dependiente es patrón unipersonal, socio por sociedades de hecho o cónyuge colaborador: Debes informar la categoría optada, indicándola dentro de “FICTA”.
  • Si el trabajador no dependiente es socio por sociedades personales de contrato: Debes señalar si el aporte lo realiza por remuneración real o categoría ficta.

En el caso de elegir “CAT.FICTA” debes señalar la categoría seleccionada. Si el trabajador elige “REM.REAL” solo debes marcar la opción con “X”. No es necesario indicar el sueldo.

¿Cómo determinar montos gravados de los trabajadores no dependientes?

montos gravados de los trabajadores no dependientes

Los trabajadores no dependientes que ejecuten alguna activada para su empresa, de la naturaleza que sea, estarán gravados según lo estipulado a continuación:

Si no ocupa personal dependiente

En este caso los montos gravados se determinan según los importes establecidos con anterioridad cuya unidad de medición es la BFC (Base Ficta de Contribución). El monto gravado mínimo es de 11 BFC para los titulares de empresas unipersonales y de 15 BFC para sociedades de contrato.

Si ocupa personal dependiente

Para los trabajadores no dependientes que ocupen personal dependiente se tomará como monto gravado el importe mayor entre: el máximo salario del personal que posea mejor remuneración y el resultado de la categoría Ficto. El monto gravado mínimo es de 15 BFC.

Atención al contribuyente

Atencion al Contribuyente

El Banco de Previsión social pone a tu disposición las siguientes sucursales para tu atención:

  • En Montevideo: Edificio Sede BPS y Edificio nuevo BPS – Teléfono 2400 0151.
  • Asesoría Tributaria y Recaudación-ATYR-Montevideo –Teléfono 2916 1300.
  • Podrás ubicar los números telefónicos de las sucursales del interior del país en el directorio de la página web.

 

Deseo que con toda la información que te he proporcionado sobre el Formulario 205 en Uruguay: Declaración Jurada de Trabajadores No Dependientes – Declaración Ficta – REC.205 hayas aclarado todas tus dudas sobre la Declaración Ficta ante el Banco de Previsión Social.

Y una vez más te invito a que continúes leyendo los artículos que conseguirás a continuación.

Resumen
Formulario 205 en Uruguay: Declaración Jurada de Trabajadores No Dependientes – Declaración Ficta – REC.205
Nombre del artículo
Formulario 205 en Uruguay: Declaración Jurada de Trabajadores No Dependientes – Declaración Ficta – REC.205
Descripción
Si deseas saber conocer cómo obtener Declaración Jurada de trabajadores no dependientes en Uruguay, en este artículo te indicamos fácilmente paso a paso cómo obtenerlo.
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